RESOLUCION DE SECRETARIA-COMITÉ EJECUTIVO PROVINCIAL
PARTIDO GEN - Distrito Entre Ríos:
CONVOCATORIA A ELECCIONES INTERNAS
PARA RENOVACION DE AUTORIDADES PARTIDARIAS.
VISTO:
Lo dispuesto en la Carta Orgánica partidaria y las facultades del
Comité Ejecutivo de la
Provincia del Partido
GEN – Distrito Entre Ríos; y
CONSIDERANDO:
Que en el mes de marzo de 2017 vence el mandato de las autoridades
partidarias provinciales, de departamento y de municipio;
Que, en consecuencia, debe procederse a la elección para
renovación de autoridades partidarias del Comité Ejecutivo de la Provincia , de la Convención
Provincial , de otros órganos partidarios de Entre Ríos;
asimismo se deben elegir las autoridades departamentales y de municipio por el
período indicado en la presente.-
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Carta Orgànica , el Comité
Ejecutivo de la Provincia
convocó el 12 de marzo de 2017 a
elecciones internas para la elección de autoridades partidarias, quedando la
organización del comicio a cargo de la Junta Electoral del partido, disponiendo que por
esta Secretaría se instrumenten detalles de aquel llamado;
POR ELLO:
R E S U E L V E:
ARTICULO 1°.- Atento al llamado a comicios internos, para la elección de
autoridades partidarias, titulares y suplentes, del Comité Ejecutivo de la Provincia ; Delegados a la Convención Provincial ; el
Tribunal de Disciplina; la Comisión Revisora
de Cuentas; la Junta Electoral ;
el Rector del Instituto de Formación y Capacitación Política y Gremial (I-Gen);
los Responsables Económico-Financieros de Campaña y el Responsable Político de
Campaña, a celebrarse el dia 12 de marzo de 2017, se Convoca a los afiliados del GEN, Distrito Entre Ríos, para que con
el voto directo y considerando a la Provincia como Distrito Único, y por el período
2017-2019, elijan:
1.1) Once (11) miembros titulares: Presidente, Vicepresidente 1°,
Vicepresidente 2°, Vicepresidente 3º, Secretario, Prosecretario, Tesorero,
Protesorero y 3 (tres) Vocales Titulares y 6 (seis) Vocales Suplentes para el Comité
Ejecutivo Provincial;
1.2) Tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes del Tribunal
de Disciplina.
1.3) Tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes de la Comisión Revisora de Cuentas.
1.4) Tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes de la Junta Electoral.
1.5) El Rector del Instituto de Formación y Capacitación Política
y Gremial (I-Gen).
1.6) Dos (2) Responsables Económico-Financieros de Campaña
(conforme Ley 26.215).
1.7) Un (1) Responsable Político de Campaña.
ARTICULO 2º.- Convocar a los afiliados en cada uno de los Departamentos en que
se divide la Provincia ,
para integrar la mesa directiva de los Comités de Departamento
por el
período 2017/2019, formada por: 2.1) Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero,
y vocales titulares y suplentes del respectivo Comité de Departamento. Se
elegirán la cantidad de vocales titulares y suplentes de sus actuales
integraciones, no pudiendo el número total de vocales titulares ser mayor de 8
(ocho) ni menor de 3 (tres). El número total de vocales suplentes no podrá ser
menor al 50 % de los vocales titulares.
2.2) Asimismo, para elegir, por el período 2017-2019, Treinta y
Cuatro (34) Delegados titulares y Diecisiete (17) suplentes a la Convención
Provincial , de conformidad con lo dispuesto en la Carta Orgánica.-
ARTICULO 3º .- Convocar a los afiliados en cada uno de los Distritos, Sección Electoral,
Circuitos o Municipios, conforme se divide cada uno de los
Departamentos de la
Provincia , para elegir sus autoridades, por el período 2017-2019,
debiendo proceder los Comité de
Departamento respectivos de conformidad a lo dispuesto en el art. 28 de la C.O , no pudiendo el
número de miembros titulares ser mayor de 12 (doce) ni menor de 7 (siete).
Ningún comité podrá tener menos de 3 (tres) vocales ni más de 8 (ocho), y
contarán con el 50 % de vocales suplentes. La mesa directiva se integrará por: Presidente, Vicepresidente, Secretario,
Tesorero, y vocales titulares y
suplentes del respectivo Comité de Municipio, o Sección o Circuito.
ARTICULO 4°.- Diferir la elección de representantes de la Organización de la Juventud del GEN de
Entre Ríos atento a la constitución de su Junta Provincial Promotora hasta
tanto se complete o constituya la reorganización de sus autoridades,
oportunidad en que serán convocados sus afiliados y adherentes para hacerlo a
efectos de completar el mandato de los respectivos cuerpos de gobierno partidarios.-
ARTICULO 5°.- Considerar parte integrativa de la presente Resolución, la Reglamentación del acto
electoral que obra en el Anexo I; y sus
modificatorias que a tal efecto se dicten.-
ARTICULO 6°.- Comunicar a los miembros de la Junta Electoral partidaria
que se constituyan conforme su competencia a sus efectos y elaboren el
Cronograma electoral; a los Comités de Departamento, a la Junta Promotora de la Organización Provincial
de la Juventud ,
a la Secretaría Electoral
Nacional y a la Secretaría
del Tribunal Electoral de la
Provincia
ARTICULO 8º. Regístrese, Publíquese en el blog (www.genentrerios.blogspot.com) del Partido, publíquese por
una vez Edicto de Convocatoria en el Boletín Oficial de Entre Ríos, póngase a
disposición en el domicilio legal partidario y Archívese.-
Paraná, 31 de Diciembre de 2016.-
Pedro Juan Carlos Quinteros
Secretario